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LA REFORMA DE LA LEY ANTIMOROSIDAD

04 ene
2011
LA REFORMA DE LA LEY ANTIMOROSIDAD

El tiempo dirá si la reforma será suficiente para erradicar este problema de orden e interés público, de lo que depende en buena parte la consecución de un entorno empresarial sano que evite la destrucción de empresas y de empleo, o si, por el contrario, la realidad volverá a imponerse y reclamará otro tipo de abordaje más efectivo que asegure la aplicación de la Ley, aunque sea bajo la amenaza de inspecciones y sanciones al que incumpla.


Estrepitoso fracaso del sistema antimorosidad:
Los datos que arroja la encuesta de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, a enero de 2010, son demoledores. De los mismos se desprende que, en España, los plazos de pago han doblado la media europea; nuestro país se encuentra en el segundo puesto de los países de la Unión Europea donde más se tarda en cobrar las facturas, sólo por detrás de Grecia. Según esta encuesta, cuyos datos fueron publicados por Europa Press
el pasado 12 de abril, las empresas privadas pagan a 101 días frente a los 57 días de media de la UE, pero la Administración llega incluso a demorarse 154 días frente a la media europea de 67. Resulta alarmante que, pese a la existencia de una norma como la LMOC, que estableció un plazo de pago de 30 días (60 para la Administración) y que pactar un plazo superior fuera abusivo, en algunos sectores los pagos hayan venido siendo de 150, 250, 300 días, e incluso que algunas Administraciones en determinados sectores hayan venido pagando a más de 500 días (Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados de 17 de junio de 2010, p. 13).

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