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Modificación de los modelos 390, 036, 037, 184, 190 y 193 y las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117.

12 oct
2016
Modificación de los modelos 390, 036, 037, 184, 190 y 193 y las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117.

Publicada en el BOE del 11/10/2016, la modificación de la Orden por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de IRPF y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193.

La Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y se modifican asimismo otras normas tributarias.

La nueva orden entrará en vigor el 12 de octubre de 2016, y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones-resúmenes anuales correspondientes a 2016 mediante el modelo 390 (declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido) y el modelo 190 (para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y se modifican asimismo otras normas tributarias), así como para la presentación de las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta sobre las rentas procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción del modelo 117 correspondientes a 2017.

Modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta

Para el año 2016 es necesario introducir determinadas modificaciones en la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, con el objeto de finalizar y mejorar las adaptaciones necesarias a la reforma fiscal, así como para incorporar determinados cambios producidos respecto a los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de actividades profesionales.

I.- Se introducen las siguientes modificaciones en el anexo II «Diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 190 y los ficheros que contengan la información que debe incluirse en dicho modelo» de la citada Orden EHA/3127/2009:

  • Uno. Se modifica el contenido del campo «Importe total de las percepciones», correspondiente a las posiciones 145 a 160, del tipo de registro 1 (registro de declarante), que queda redactado en los siguientes términos:
  • Dos. Se modifica el contenido del campo «Importe total de las retenciones e ingresos a cuenta», correspondiente a las posiciones 161 a 175, del tipo de registro 1 (registro de declarante)
  • Tres. Se modifica el contenido del campo «Clave de percepción», correspondiente a la posición 78, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), quedando las claves «A» y «G»
  • Cuatro. Se modifica el contenido del campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Cinco. Se suprimen en el campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), las subclaves a utilizar en las percepciones correspondientes a la clave A.
  • Seis. Se da nueva redacción, dentro del campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), a las subclaves a utilizar en percepciones correspondientes a la clave B
  • Siete. Se suprime en el campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), la subclave 04 a utilizar en las percepciones correspondientes a la clave G hasta el 11 de julio de 2015.
  • Ocho. Se modifica el contenido del campo «Percepciones dinerarias» (posiciones 81-107) del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Nueve. Se modifica el contenido del campo «Percepciones en especie» (posiciones 108-147) del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Diez. Se modifica el contenido del campo «Ejercicio devengo», correspondiente a las posiciones 148-151, del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Once. Se modifica la descripción del campo «Datos adicionales», correspondiente a las posiciones 153-254, del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Doce. Se suprime la referencia a la subclave B.02 y se sustituye la referencia a la subclave B.04 por la referencia a la subclave B.03 en el párrafo primero de la descripción de los siguientes campos del tipo de registro 2 (registro de perceptor)
  • Trece. Se modifica el párrafo primero en el campo «Gastos deducibles», correspondiente a las posiciones 184-196, del tipo de registro 2.
  • Catorce. Se suprime el campo «Movilidad geográfica-aceptación en 2014» (posición 169), por no resultar de aplicación a partir del 1 de enero de 2016.
  • Quince. Se crea un nuevo campo, de tipo alfanumérico, denominado «Percepciones derivadas de incapacidad laboral» (posiciones 255-294).
  • Dieciséis. Se modifican las posiciones vacantes (blancos) del tipo de registro 2 (registro de perceptor), que pasan a ser las posiciones desde la 295 hasta la 500.

Modificación de la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300 y se establecen medidas para la promoción y ampliación de la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas de carácter tributario.

Uno. Se modifica la letra a) del artículo 1, que queda redactado de la siguiente manera:

a) Modelo 117. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Retenciones e Ingresos a cuenta/Pago a cuenta. Rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción (anexo I).

El número de justificante que habrá de figurar en este modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se correspondan con el código 117

Se sustituye el modelo por (Anexo, Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre):

Modificación de la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

Se modifica el artículo 1 de la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y 037 declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

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