La Resolución de 4 de abril de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión del pago telemático de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (Sistema Cl@ve Pin) y firma electrónica de funcionario o empleado público., publicada en el BOE del 20/04/2017, será aplicable a partir del 1 de junio de 2017.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta Resolución tiene por objeto aprobar y ordenar la publicidad del tratamiento de la información para que la AEAT facilite a las Entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria la identificación telemática de aquellos obligados tributarios y personas que así lo soliciten con ocasión del pago de tasas que constituyan recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, utilizando para ello los siguientes sistemas de identificación y firma electrónica:
Esta norma será aplicable a aquellas operaciones de pago que se efectúen a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en las direcciones de Internet de los Departamentos Ministeriales y Organismos Públicos de ellos dependientes y correspondan a las tasas a que se refiere la <r121806_rel>Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
REQUISITOS
Para utilizar los procedimientos anteriores, deberán cumplirse una serie de requisitos previstos en el apartado segundo de la Resolución de 4 de abril de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión del pago telemático de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (Sistema Cl@ve Pin) y firma electrónica de funcionario o empleado público., tales como:
En todo caso, el pago telemático de las tasas con firma de empleado público exigirá que el ordenante comparezca físicamente ante el funcionario o empleado público, identificándose con su DNI o NIE, y preste su conformidad expresa a la operación, debiendo quedar constancia de la misma en el organismo administrativo que corresponda.
PERÍODO DE ADAPTACIÓN
Se establece un período de adaptación por parte de los Departamentos Ministeriales y los Organismos Públicos gestores de tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado o de tasas que constituyen recursos de los presupuestos de los Organismos Públicos a los que la Agencia Estatal de Administración Tributaria esté prestando asistencia en el pago telemático de dichas tasas, para adaptar sus sistemas de información a los nuevos aplicativos previstos en esta resolución hasta el 1 de abril de 2018.