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DETALLE DE LA SUBVENCIÓN

AYUDAS A ENTIDADES ASOCIATIVAS DEL SECTOR PESQUERO. (CERRADA)

17 sep
2016
AYUDAS A ENTIDADES ASOCIATIVAS DEL SECTOR PESQUERO. (CERRADA)

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 43083 Extracto de la Orden de 9 de septiembre de 2016, por la que se convoca para el año 2016 la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector pesquero para el desarrollo de actividades de colaboración ante la Administración General del Estado, Unión Europea e instituciones internacionales, así como para el desarrollo de actividades específicas de especial interés para el sector en el ámbito nacional e internacional. BDNS(Identif.):316997 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 letra b) y 20.8 letra a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las siguientes entidades: Corporaciones de derecho público de base asociativa representativas del sector extractivo. Organizaciones profesionales representativas del sector extractivo. Organizaciones profesionales representativas de los sectores productor de acuicultura y transformador y comercial de los productos de la pesca y la acuicultura. Entidades jurídicas cuyo objeto social sea fomentar la investigación industrial, el desarrollo tecnológico y de proyectos de I+D+i en el sector de la pesca y de la acuicultura. Dichas entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la orden de bases reguladoras de las ayudas. Segundo. Objeto. Se convoca para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a las entidades asociativas representativas del sector pesquero para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, Unión Europea e instituciones internacionales, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector en el ámbito nacional e internacional. Las actividades objeto de subvención serán las realizadas entre el 16 de noviembre de 2015 y el 15 de noviembre de 2016. Tercero. Bases reguladoras. Orden AAA/1277/2013, de 27 de junio de 2013, («Boletín Oficial del Estado» número 161, de 6 de julio de 2013) de bases reguladoras, modificada por la Orden AAA/920/2014, de 23 de mayo de 2014 ("Boletín Oficial del Estado" número 135, de 4 de junio de 2014). BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 225 Sábado 17 de septiembre de 2016 Sec. V-B. Pág. 53433cve: BOE-B-2016-43083 Verificable en http://www.boe.es Cuarto. Cuantía. La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo a los conceptos presupuestarios 23.16.415B.483 «Ayudas al fomento y apoyo del asociacionismo pesquero» de los Presupuestos Generales de Estado para 2016, cuya cuantía total máxima es de quinientos mil euros (500.000 €). Quinto. Plazo de presentación y solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se admitirá la presentación por vía electrónica de las solicitudes, así como la documentación complementaria conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Quinto. Criterio de adjudicación. La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con los criterios establecidos en el apartado sexto de la Convocatoria. Madrid, 9 de septiembre de 2016.- La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril modificada por la Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio), el Director General de Ordenación Pesquera, Carlos Larrañaga Ces.

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