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ASI ES EL PACTO DE LAS PENSIONES

01 feb
2011
ASI ES EL PACTO DE LAS PENSIONES

Los puntos esenciales del acuerdo tripartito son los siguientes: Edad de jubilación: La jubilación legal se retrasa a los 67 años, pero con un periodo transitorio que en la práctica sólo será aplicable desde 2027, y que será esquivable por la mayoría de los trabajadores por las opciones de jubilación con toda la prestación y 65 años cumplidos, posibilidad que los sindicatos han convertido en bandera.
 
Pensión completa
 
Podrán jubilarse a los 65 años y con la pensión completa los trabajadores que acumulen 38,5 años de cotización. El Gobierno había pretendido desde el principio que se llegase a los 41 de cotización, posibilidad a la que tendrían acceso sólo quienes trabajasen desde los 24 años ininterrumpidamente hasta los 65 años de edad, y los sindicatos consideraban que con 35 años, como en la actualidad, podría ser suficiente. La pensión completa con 67 años de edad se logrará si se han cotizado 37 años.
Periodo de cálculo
El periodo de cálculo de la prestación pasará de los 15 años actuales (los 15 últimos) a los 25 últimos años de carrera laboral. El tránsito será igualmente muy flexible: entrará en vigor en 2013 y culminará también en 2027. Los sindicatos querían elevar únicamente a 20 años el periodo de cálculo; pero las necesidades de reforzar la contributividad han terminado imponiendo en esta materia las tesis del Gobierno.
 
Cotización mínima
 
El periodo mínimo para acceder a la prestación contributiva se mantendrá en los 15 años, aunque con tal cotización únicamente se podrá cobrar el 50% de la base reguladora de la pensión. El Gobierno quería elevarlo a 20 años, o al menos a 17. Finalmente se deja en 15 para no provocar efecto expulsión de cotizantes, pero se reparte la carga de la escala de aseguramiento de forma más equitativa para premiar las carreras largas de cotización.
Escala de aseguramiento
La escala de aseguramiento se quiebra. Ahora tienen prima las cotizaciones entre los años 15 (mínimo exigible) y los 25, de forma que con 15 años se toma el 50% de la base reguladora (llamémosle pensión aunque no sea exactamente lo mismo), y con 25 años, el 80%; así, los años de 25 a 35 para llegar al 100% de la pensión tienen sólo una acumulación de un 2% por año. Con la reforma, el reparto del premio es igual para cada año, y se repartirá el 100% entre los 15 años (mínimo) y 37 (máximo). En plata: con 37 años cotizados se logrará el 100% de la pensión si se han cumplido los 67 de edad, y los 25 últimos se ha mantenido la cotización.
 
Jubilación anticipada
 
La prejubilación se establece con carácter general desde los 63 años, con coeficientes reductores que oscilarán entre el 6% y el 7,5% en función del número de años de anticipo de pensión. Ahora es posible jubilarse con 61 años, o con 60 si se registraron cotizaciones antes de enero de 1967.
Se fortalecerán las cotizaciones de los regímenes especiales (agrario, autónomos) al estirar a 25 años el periodo para calcular la prestación, ya que los dos regímenes cotizan de manera mayoritaria por base mínima y sólo 15 años por interés económico.
Con estas medidas las partes consideran que se estabiliza el sistema de pensiones para 30 años, y que el gasto en pensiones, siempre dependiendo de la evolución de la economía, no superará el 12,5% o 13% del PIB en 2025, justo cuando las cohortes más masivas del baby boom lleguen a la edad de retiro.
 
 

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