El adelanto en los plazos para presentar declaraciones informativas a Hacienda –en concreto, los modelos 184 (comunidades de bienes y otras entidades en régimen de atribución) y 347 (de operaciones con terceros que superen anualmente 3.005 euros)– incrementará la presión fiscal indirecta para las empresas y rebajará la calidad de la información suministrada.
El Consejo General de Economistas ha presentado al Departamento de Gestión de la AEAT –enviando copia al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas– las observaciones al Proyecto de Orden por la que se modifican algunos aspectos de la presentación de determinadas declaraciones informativas como son el modelo 190, 171, 184, 345 y 347.
En especial, a pesar de comprender que a la AEAT le interese tener estos datos cuanto antes, sobre todo para gestionar el IRPF, ha manifestado su oposición a que el plazo de presentación de los modelos 184 y 347 se adelante del mes de febrero al mes de enero –pretendiéndose que entre en vigor ya para las próximas declaraciones a presentar, las de 2017– en otra vuelta de tuerca al incremento de la presión fiscal indirecta sobre la empresa.
En el modelo 184 las entidades en régimen de atribución como comunidades de bienes o herencias yacentes comunican a la Agencia Tributaria la parte de los rendimientos netos de estos entes que se habrán de imputar a cada persona física o jurídica que los conforman, distinguiendo la fuente de renta de la que proceden.
En el modelo 347, los empresarios y profesionales informan del importe de las operaciones realizadas en el año con clientes y proveedores cuya sume supere los 3.005 euros, detallando los importes por trimestres e informando también de los pagos en efectivo superiores a 6.000 euros percibidos de las personas relacionadas.
El REAF-REGAF –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas– ha detectado una evidente alarma entre los obligados tributarios y sus asesores ante esta reducción de plazos que, por otra parte, ya se venía produciendo –en un principio el plazo para presentar el modelo 347 de un ejercicio era el mes de abril del año siguiente–. Esta preocupación del REAF-REGAF va en línea con su constante demanda de una simplificación de las cargas administrativas y de una reducción de las trabas para que el contribuyente pueda cumplir con sus obligaciones tributarias.
El Consejo General de Economistas ha mandado un comunicado en el que muestra su oposición a esta reducción de plazo por las siguientes razones: