¿Qué modalidades contractuales indefinidas realizadas por parte de un autónomo permiten obtener bonificaciones o reducciones para la contratación de empleados?
El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores fomenta la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES
El objetivo del contrato de trabajo por tiempo indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos, es fomentar la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES con plantilla igual o inferior a 9 trabajadores, de jóvenes desempleados menores de 30 años, o menores de 35 si tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
El/La trabajador/a autónomo/a titular podrá contratar como trabajadores por cuenta ajena, por tiempo indefinido - y jornada completa o parcial - a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive con una bonificación del 100 por 100 en la cuota empresarial por contingencias comunes durante un período de 12 meses
La contratación a tiempo parcial con vinculación formativa de jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30 años que cumpla los requisitos que se desarrollan permitirá el disfrute de la reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Mediante el contrato trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento joven se incentiva la contratación de asalariados que tengan 45 años o más, por parte de trabajadores por cuenta ajena o autónomos menores de 30 años, mediante una reducción del 100 % de todas las cuotas empresariales de la Seguridad Social, mientras la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
En 2018 están bonificadas en la cotización a la Seguridad Social las transformaciones en indefinidos de las siguientes modalidades contractuales:
1.- contratos de prácticas (contrato de prácticas procedente de una ETT), relevo o sustitución por jubilación en empresas de menos de 50 trabajadores.
2.- contrato primer empleo joven para menores de 30 años.
3.- contratos para la formación y el aprendizaje (contrato para la formación y el aprendizaje procedente de una ETT)
4.- contratos temporales celebrados con víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, víctimas de violencia doméstica y excluidos sociales.
5.- contratos temporales con personas discapacitadas.