OPERATIVA Y CUADRO DE FRACCIONAMIENTO DE LAS LIQUIDACIONES TRIBUTARIAS PARA LAS CONCESIONES ADMINISTRATIVAS DE BATEAS, DERIVADA DE LA NUEVA BASE DE CÁLCULO, Y LA PUESTA A “0” DE LOS CONTADORES, A RAÍZ DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DE PESCA.
La nueva base de cálculo para liquidar la concesiones administrativas relativas a bateas de mejillón y ostra se fija en 68.420 euros, y una vez aplicado el tipo impositivo, -que para este tipo de bienes se fija en el 4 % - resulta una cuota tributaria de 2.736,80 euros.
Plazo para liquidar: 30 días hábiles siguientes a la notificación de la Consellería do Mar. (modelo 600)
Fraccionamiento: Cabe la posibilidad de fraccionar el pago de la cuota tributaria (cuadro adjunto), si bien deberá ser solicitado en modelo oficial autorizado por la Consellería de Facenda.
Será necesario acreditar o justificar las dificultades de liquidez o tesorería y aportar documentación que así lo acredite, estableciendo los plazos si así procediese la propia Consellería de Facenda.
Compensación de cuotas tributarias anteriores: A la hora de liquidar la cuota tributaria por importe de 2.736,80 euros, las cuotas de las prórrogas que hayan sido liquidadas anteriormente y que tengan un vencimiento superior al 2009, podrán compensar la parte alícuota de la cuota tributaria pagada con anterioridad.
Ejemplo. Una batea de Vilagarcía renovada en el 2008 con vencimiento en el 2018, deberá descontar de los 2.736,80 euros, 108 euros que es la parte no utilizada de la prórroga, debido a que al ser la cuota de 120 euros por los 10 años, se imputaba 12 euros por año
PLAZOS |
A 3 AÑOS |
A 5 AÑOS |
A 10 AÑOS |
1 |
957,88 |
574,73 |
287,36 |
2 |
1.003,49 |
602,10 |
301,05 |
3 |
1.049,11 |
629,46 |
314,73 |
4 |
|
656,83 |
328,42 |
5 |
|
684,20 |
342,10 |
6 |
|
|
355,78 |
7 |
|
|
369,47 |
8 |
|
|
383,15 |
9 |
|
|
396,84 |
10 |
|
|
410,52 |
TOTAL |
3.010,48 |
3.147,32 |
3.489,42 |
SIN APLAZAMIENTO |
2.736,80 |
2.736,80 |
2.736,80 |
DIFERENCIA |
273,68 |
410,52 |
752,62 |