Como NOVEDADES SIGNIFICATIVAS para el año 2021 encontramos la próxima aprobación de los modelos siguientes:
Modelo 035 “Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes”: inicio (antes del inicio de las actividades o cuando ya se hubieran iniciado hasta el décimo día del mes siguiente a este inicio), modificación: hasta el décimo día del mes siguiente a la modificación) y baja (al menos quince días antes del final del mes o trimestre anterior al que se pretenda dejar de utilizar el régimen).
Modelo 369 “Declaración – liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes”: hasta el último día del mes siguiente al mes o trimestre natural al que se refiera la declaración.
Modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”. Se encuentra actualmente en fase de elaboración la nueva normativa, tras la anulación por el Tribunal Supremo (Sentencia 1106/2020) de la obligación de información.
Modelo 234 “Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal”: 30 días naturales siguientes al nacimiento de la obligación de informar.
Modelo 235 “Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables”: mes natural siguiente a la finalización del trimestre natural en el que se haya obtenido nueva información que deba comunicarse.
Modelo 420 “Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Autoliquidación" (obligación trimestral): mes de abril, julio, octubre y enero.
Modelo 604 “Impuesto sobre las Transacciones Financieras" (obligación mensual): 10 al 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
Como FECHAS IMPORTANTES para el año 2021 podemos indicar las siguientes:
La declaración anual del modelo 349 “Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias” ya no se deberá presentar en el año 2021.
El 1 de febrero de 2021 termina el plazo para presentar los modelos 130, 131 y 303 correspondientes al cuarto trimestre de 2020, así como el modelo 390 de resumen anual del IVA de 2020 y el resto de resúmenes anuales correspondientes al 2020.
El plazo de presentación del modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas correspondiente al ejercicio 2020 es del 1 de febrero al 1 de marzo de 2021.
El 7 de abril de 2021 se inicia el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2020. A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2020 por teléfono y a partir del 2 de junio presencialmente en sus oficinas y hasta el 30 de junio de 2021.
El plazo de presentación del modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2020 es del 1 al 26 de julio de 2021.