En el día de hoy 2 de diciembre se acaba de publicar la Orden de módulos para el cultivo de mejillón en batea para el 2022.
La Orden mantiene la misma estructura y contenidos que la Orden del 2021. Pueden consultar el contenido en el documento adjunto a pie de página
Si bien su lectura puede dar lugar a confusión en cuanto al límite de facturación, le informamos que el gobierno ya contempla el mantenimiento de la facturación excluyente a partir de 250.000 euros, en lugar de los 150.000, que aparecen en la Orden.
La fijación del límite de 250.000 euros aparece en el borrador de presupuesto para 2022, que serán aprobados este més y que literalmente en su artículo 60 establece:
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Artículo 60. Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Con efectos desde 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se modifica la disposición transitoria trigésimo segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, que queda redactada de la siguiente forma: «Disposición transitoria trigésima segunda. Límites para la aplicación del método de estimación objetiva en los ejercicios 2016 a 2022. Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, las magnitudes de 150.000 y 75.000 euros a que se refiere el apartado a’) de la letra b) de la norma 3.ª del apartado 1 del artículo 31 de esta Ley, quedan fijadas en 250.000 y 125.000 euros, respectivamente. Asimismo, para dichos ejercicios, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere la letra c) de la norma 3.ª del apartado 1 del artículo 31 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.»