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DETALLE DE LA NOTICIAS

PE113F - Ayudas autonómicas para la paralización temporal de las personas mariscadoras a piea

12 ago
2024
PE113F - Ayudas autonómicas para la paralización temporal de las personas mariscadoras a piea
Objeto

Regular la convocatoria para el año 2024 de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las personas mariscadoras a pie afectadas por la paralización temporal de la actividad marisquera en el marco de la aplicación de medidas de conservación de los recursos en determinados bancos marisqueros intermareales de Galicia.

 
¿A quién va dirigido?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de permisos de explotación para marisqueo a pie de recursos marisqueros generales que participen en los planes de gestión de marisqueo aprobados para el período 2024-2026 de la Cofradía de Pescadores de Cariño y Asociación de Mariscadoras y Mariscadores de Cariño, modalidad a pie; de la Asociación de mariscadoras Fonte de Santa Helena de Baldaio, modalidad a pie; de la Cofradía de Noia, modalidad a pie y desde embarcación, de la Cofradía de Rianxo, modalidad a pie; de la Cofradía de Cabo de Cruz, modalidad a pie; de la Cofradía de Pescadores de Vilanova de Arousa, modalidad a pie; de la Cofradía de Pescadores de O Carril, modalidad a pie; de las cofradías de pescadores de Lourizán, Raxó y Pontevedra, modalidad a pie; de la Cofradía de Pescadores de Redondela, modalidad a pie; de la Cofradía de Pescadores de Arcade, modalidad a pie, y de la Cofradía de Vilaboa, modalidad a pie.

 
Requisitos

- Además, para obtener la condición de persona beneficiaria, debe haber llevado a cabo una actividad extractiva (días de actividad) de, al menos, 120 días durante los años 2022 y 2023.

Estos 120 días mínimos se deberán haber realizado en las modalidades de marisqueo general y/o de recursos específicos.

- Los días de actividad extractiva se verificarán mediante las notas de ventas realizadas en las lonjas o centros de venta autorizados y serán los que consten en los registros de la Consellería del Mar.

 
A dónde acudir

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Rúa dos Irmandiños, s/n. Salgueiriños

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546177

Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.gal

 
Plazo

Plazo de presentación: ABIERTO

13/08/2024 00:00 - 12/09/2024 23:59

 El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día es inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Documentación para la presentación

Solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia ( https://sede.xunta.gal).

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

 

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 ( https://sede.xunta.gal/chave365).

2. A los efectos de la presentación de la solicitud, los interesados podrán actuar por medio de representantes. La acreditación de la representación deberá realizarse, mediante la presentación de la correspondiente autorización y aceptación utilizando el anexo II de la presente orden.

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán presentar la solicitud (anexo I) debidamente cubierta, donde se hagan constar los datos solicitados. Además, junto a esta solicitud deberá presentar:

– Anexo II. Nombramiento de representante a los efectos de presentación de la solicitud, en su caso

– Certificado del Instituto Social de la Marina (ISM) acreditativo de estar en situación de alta en el momento de la solicitud y durante el período de referencia subvencionable.

– Informe de la vida laboral.

– Informe del ISM de percepción de alguna de las siguientes prestaciones en el período de referencia subvencionable: por incapacidad temporal, por maternidad o paternidad, por riesgo durante el embarazo y por riesgo durante la lactancia, en el caso de ser aplicables alguna de las situaciones contempladas en el apartado 3 del artículo 6.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona física solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad representante.

d) DNI/NIE de la persona representante nombrada a los efectos de presentación de la solicitud.

e) NIF de la entidad representante nombrada a los efectos de presentación de la solicitud.

f) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

g) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.

h) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

i) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones obtenida de la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

j) Informe acreditativo de que la persona solicitante no tiene sanción firme pendiente de pago por infracción de la normativa marítimo-pesquera, emitido por la unidad correspondiente de la Consellería del Mar.

k) Consulta de que cada persona solicitante no esté, ni estuviese involucrada en los últimos 24 meses, en la explotación, gestión o propiedad de algún buque pesquero incluido en la lista de buques INDNR de la Unión Europea, según dispone el artículo 40, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1005/2008 por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; ni que tampoco esté, ni estuviese en los últimos 12 meses, involucrada en la explotación, gestión o propiedad de un buque que enarbole el pabellón de un país incluido en la lista de terceros países no cooperantes prevista en el artículo 33 del citado reglamento.

l) Consulta en el Sistema nacional de publicación de subvenciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública de no haber sido declarado culpable de cometer fraude, en el marco del FEMP o FEMPA.

m) Certificado acreditativo de carecer de antecedentes penales que se obtendrá a través del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia, y deberá contener la totalidad de antecedentes penales no cancelados, a los efectos de verificar que la persona solicitante no fue declarada culpable de cometer fraude en el marco del FEP o FEMP. Si de la información anterior no se entendiese acreditada la ausencia de antecedentes penales, se solicitará a la persona interesada que presente certificado que acredite la totalidad de antecedentes penales o la ausencia de ellos.

n) Consulta de concesión de subvenciones y ayudas.

o) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.

p) La condición de persona mariscadora a pie, que se acredita por ser titular de un permiso de explotación para marisqueo a pie, su participación en los planes de gestión enumerados en el apartado 2 del artículo 1, así como el hecho de no tener autorizada la suspensión temporal de este. Estos requisitos serán verificados por la Consellería del Mar a través de los datos existentes en sus registros.

q) La verificación del número de días de actividad extractiva realizados por la persona en el período de parada subvencionable, se comprobará de la misma forma señalada en el apartado anterior.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

 Resolución

Plazo de resolución:

Cuatro meses

 

Sentido del silencio:

Negativo

Asemar, asesoría de empresas en Vilagarcía de Arousa relacionadas relacionadas con la pesca, el marisqueo, y la acuicultura. Asemar ofrece a sus clientes un asesoramiento especializado y diferenciado, que les permite la obtención de los mejores resultados dentro del ámbito de sus negocios. Informamos de las ultimas subvenciones, noticias de interes y de los cambios importantes en la legislación en lo que al sector del mar se refiere para ayudar a nuestros clientes en el desarollo de su actividad.