15/11/2024
Módulos bateas 2025
Se encuentra a la Audiencia Pública, y a punto de su publicación, la Orden que regula los módulos para el ejercicio 2025.
La principal novedad en cuanto a lo que concierne al Sector Mejillonero, es su inclusión en el Régimen Agrario. Esto conlleva que para el ejercicio 2025 la tributación será por volumen de ventas, aplicando a esos ingresos unos coeficientes reductores que los irán minorando hasta alcanzar el rendimiento neto en módulos.
En una primera aproximación, podemos determinar que el IRPF será más elevado que el anterior sistema de módulos, si bien, en ningún caso alcanzaría la tributación del Régimen de Estimación Directa.
En estos momentos, estamos elaborando un estudio, en función de los datos de cada cliente, al objeto de contrastar la diferencia respecto al modelo anterior.
En próximas fechas iremos informando sobre las pruebas que estamos efectuando.
Una novedad muy importante a destacar, y que se contempla para el ejercicio 2025, es que podrán estar en módulos todas aquellos personas que en el ejercicio anterior no hayan superado los 250.000 euros, pero la novedad estriba en que esa cantidad lo es sin contemplar el IVA de compensación, es decir casi 280.000 euros con IVA.
Esta circunstancia según pudimos averiguar se debe a la existencia de algunos Tribunales de Justicia que han fallado que para que en la exclusión de módulos no se debe contemplar el IVA de compensación.
Respecto a la exclusión rigen casi las mismas normas que en el modelo anterior:
Volumen de facturación: 250.000 euros en este caso sin contemplar el iva de compensación.
El número de bateas no podrán superar las 5 en cualquier momento del año.
Medios compartidos y Dirección común. Es decir a todas aquellas personas, que se demuestre que disponen de una dirección común (cruzan guías, cuentas compartidas, etc) y superen los 250.000 euros quedarán excluidos.