Aplaza La Entrada En Vigor De La Posibilidad De Ejercer A Tiempo Parcial La Actividad Autónoma Hasta 1 De Enero De 2017.

aplaza la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta 1 de enero de 2017.
11 nov
2015

La LPGE 2016 aplaza la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta 1 de enero de 2017.

Las modificaciones de la LETA que permitirán la realización de actividad a tiempo parcial por parte de los trabajadores por cuenta propia han vuelto a ser aplazadas – al igual que en 2.015- hasta el año 2.017.

Según lo dispuesto en la DF14, de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, habrá que esperar hasta el 1 de enero de 2017 para la aplicación de la modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, donde se establece que: «Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos»

Pluriactividad.

En la actualidad, aquellos autónomos que ejerzan su actividad a tiempo parcial tienen dos opciones:

Incentivos para 2.016 en caso de pluriactividad.

Al igual que en 2.015, seguirá vigente la reducción de las cuotas a la seguridad social de los trabajadores incluidos en el RETA en los casos de pluriactividad con jornada laboral por cuenta ajena a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50% (impulsada por la Ley de emprendedores). Para ello hemos de tener en cuanta dos supuestos:

  • A) Los trabajadores que causen alta en el RETA por primera vez y con motivo de la misma inicien una situación de pluriactividad a partir de la entrada en vigor de la Ley de emprendeores. Podrán elegir como base de cotización en ese momento, la comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización establecida anualmente con carácter general en la LPGE durante los 18 primeros meses, y el 75% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas establecidas para el RETA;
  • B) Los trabajadores en situación de pluriactividad con actividad laboral por cuenta ajena a tiempo parcial con jornada a partir del 50% de la correspondiente a un trabajador con jornada a tiempo completo comparable. Podrán elegir como base de cotización, en el momento del alta, la comprendida entre el 75% de la base mínima de cotización establecida con carácter general en la LPGE durante los primeros 18 meses, y el 85% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas establecidas para el RETA.