Aplaza La Entrada En Vigor De La Posibilidad De Ejercer A Tiempo Parcial La Actividad Autónoma Hasta 1 De Enero De 2017.

La LPGE 2016 aplaza la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta 1 de enero de 2017.
Las modificaciones de la LETA que permitirán la realización de actividad a tiempo parcial por parte de los trabajadores por cuenta propia han vuelto a ser aplazadas – al igual que en 2.015- hasta el año 2.017.
Según lo dispuesto en la DF14, de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, habrá que esperar hasta el 1 de enero de 2017 para la aplicación de la modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, donde se establece que: «Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos»
Pluriactividad.
En la actualidad, aquellos autónomos que ejerzan su actividad a tiempo parcial tienen dos opciones:
- I.- Darse de alta como autónomos a tiempo completo.
- II.- En caso de que combinen la realización de trabajo por cuenta ajena con trabajos por cuenta propia, cotizar siguiendo las normas de pluriactividad.
Incentivos para 2.016 en caso de pluriactividad.
Al igual que en 2.015, seguirá vigente la reducción de las cuotas a la seguridad social de los trabajadores incluidos en el RETA en los casos de pluriactividad con jornada laboral por cuenta ajena a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50% (impulsada por la Ley de emprendedores). Para ello hemos de tener en cuanta dos supuestos:
- A) Los trabajadores que causen alta en el RETA por primera vez y con motivo de la misma inicien una situación de pluriactividad a partir de la entrada en vigor de la Ley de emprendeores. Podrán elegir como base de cotización en ese momento, la comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización establecida anualmente con carácter general en la LPGE durante los 18 primeros meses, y el 75% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas establecidas para el RETA;
- B) Los trabajadores en situación de pluriactividad con actividad laboral por cuenta ajena a tiempo parcial con jornada a partir del 50% de la correspondiente a un trabajador con jornada a tiempo completo comparable. Podrán elegir como base de cotización, en el momento del alta, la comprendida entre el 75% de la base mínima de cotización establecida con carácter general en la LPGE durante los primeros 18 meses, y el 85% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas establecidas para el RETA.
